Abogado Disponible

Preguntas frecuentes

¿Pueden atender mi caso si vivo en Estados Unidos?

Sí. Trabajamos a menudo con puertorriqueños que viven fuera de la isla. Muchos trámites (herencias, poderes, testamentos, corporaciones) se manejan a distancia por teléfono, correo electrónico y videollamada; solo se coordina un viaje si el asunto realmente lo exige.

¿Tengo que viajar a Puerto Rico?

En la mayoría de los casos de herencia, notaría y corporaciones no es necesario que usted viaje. Preparamos la documentación, coordinamos firmas ante notario donde usted resida y presentamos lo que corresponda en Puerto Rico. Si su caso requiere su presencia, se lo decimos con claridad de antemano.

¿En cuánto tiempo responden?

Respondemos en 24 horas o menos. Puede llamarnos al (888) 398-8539 o escribirnos por el formulario; le contestamos con los próximos pasos concretos.

¿En qué áreas trabajan?

Herencias y sucesiones, derecho notarial (poderes, divorcios y capitulaciones), defensa criminal (DUI y Ley 54) y derecho corporativo.

¿Atienden en inglés?

Sí, le atendemos en español o en inglés, según prefiera.

Esta información es de carácter general y no constituye asesoría legal para un caso particular. Para orientación sobre su situación específica, comuníquese con nosotros al (888) 398-8539.