Conducir bajo los efectos del alcohol
Obtenga representación legal durante la vista de determinación de causa probable para arresto, conocida como Vista de Regla 6. Conozca sus derechos, el alcance del servicio y los próximos pasos.
Un abogado puede asistirle, contrainterrogar testigos y presentar prueba a su favor.
¿Tiene una vista próxima o necesita orientación inmediata?
Llame ahora: 1-888-398-8539 →Qué establece la ley
Conducir bajo los efectos de bebidas embriagantes constituye un delito en Puerto Rico.
La Ley 22-2000 establece diferentes niveles de concentración de alcohol según la edad de la persona y el tipo de vehículo que conduce. También permite presentar otra evidencia relacionada con la capacidad del conductor para manejar de forma segura.
Conductores en general
Límite aplicable, como regla general, a conductores de 21 años o más.
Categorías especiales
Aplica a personas de 18 a 20 años y a conductores de camiones, motocicletas, vehículos escolares y ciertos vehículos pesados.
Menores de 18 años
Cualquier concentración de alcohol puede dar lugar a consecuencias bajo la ley.
Penalidades por convicción
Las consecuencias pueden variar según el nivel de alcohol, convicciones anteriores, personas que viajaban en el vehículo y otras circunstancias particulares.
Primera infracción
- Multa base de $500.
- $50 adicionales por cada centésima sobre el límite legal.
- Asistencia compulsoria a un programa de orientación certificado.
- Suspensión de licencia por un término que no excederá de 30 días.
- Posible cárcel de 5 a 15 días por incumplir condiciones impuestas.
La sentencia puede incluir restitución y otros requisitos.
Segunda infracción
- Multa base de $750.
- $50 adicionales por cada centésima sobre el límite legal.
- Cárcel de 15 a 30 días.
- Suspensión de licencia no menor de un año o restricciones combinadas.
- Evaluación, tratamiento y servicios comunitarios, según corresponda.
También puede ordenarse un dispositivo de interbloqueo de ignición.
Tercera infracción
- Multa entre $2,000 y $5,000.
- $50 adicionales por cada centésima sobre el límite legal.
- Cárcel entre 60 días y 6 meses.
- Un mínimo de 60 días de servicio comunitario.
- Revocación indefinida del privilegio de conducir.
En ciertos casos también puede proceder la confiscación del vehículo.
Qué ocurre durante la Vista de Regla 6
La vista no es un juicio ni constituye una determinación final de culpabilidad.
Durante esta etapa, un juez o una jueza evalúa si existe causa probable para creer que se cometió un delito y que la persona imputada pudo cometerlo. Si se determina causa, el proceso criminal puede continuar y el tribunal puede fijar una fianza cuando corresponda.
- 01 Derecho a estar asistido por un abogado o abogada.
- 02 Derecho a contrainterrogar los testigos presentados en su contra.
- 03 Derecho a ofrecer prueba a su favor durante la vista.
- 04 Derecho a que el proceso respete las garantías constitucionales aplicables.
Conozca exactamente qué está contratando
El servicio incluye
- Representación legal durante la vista de determinación de causa probable para arresto, conocida como Regla 6.
- Orientación sobre el proceso y los derechos aplicables durante esta etapa.
- Evaluación de la información y documentos disponibles para la vista.
- Interrogatorio o contrainterrogatorio de testigos cuando proceda y sea necesario.
- Presentación de prueba a favor de la persona imputada, cuando sea legalmente pertinente.
La estrategia y las gestiones específicas dependerán de los hechos particulares del asunto y de la evidencia disponible.
El servicio no incluye
- Vista preliminar o procedimiento bajo la Regla 23.
- Juicio en su fondo.
- Mociones posteriores a la Vista de Regla 6.
- Apelaciones o recursos ante tribunales superiores.
- Representación en procedimientos administrativos relacionados con la licencia.
Si el caso continúa, podrá solicitar una cotización separada para las etapas posteriores. La disponibilidad del mismo abogado dependerá de su calendario y de la aceptación del nuevo servicio.
Antes de contratar
¿La Vista de Regla 6 decide si soy culpable?
No. La vista evalúa si existe causa probable para arresto o citación. La culpabilidad se determina en etapas posteriores del procedimiento criminal.
¿El precio incluye la vista preliminar o el juicio?
No. El servicio descrito en esta página se limita a la Vista de Regla 6. Las etapas posteriores requieren un acuerdo y honorarios adicionales.
¿El abogado puede garantizar que no se encontrará causa?
No. Ningún abogado puede garantizar el resultado de una vista. La determinación corresponde al juez o a la jueza, según la prueba presentada y el derecho aplicable.
¿Qué información debo tener disponible al llamar?
Tenga disponible la fecha de la intervención, municipio, fecha y hora de la vista, resultado de la prueba de alcohol si lo conoce, citación recibida y cualquier documento entregado por la Policía.
¿Qué ocurre si ya se encontró causa probable?
Puede solicitar orientación sobre las próximas etapas. La representación adicional estará sujeta a un nuevo acuerdo, evaluación del asunto y honorarios separados.
No enfrente la Vista de Regla 6 sin orientación
Llame para verificar disponibilidad, explicar brevemente su situación y conocer el alcance de la representación legal.
La información publicada en esta página es de carácter general y no constituye asesoría legal. Los resultados dependen de los hechos, la evidencia y el derecho aplicable. Una relación abogado-cliente se establece únicamente mediante la aceptación formal del asunto y un acuerdo escrito de representación.