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Derecho de familia en Puerto Rico

Divorcio ante abogado notario

Evalúe si su divorcio puede formalizarse mediante escritura pública sin tener que presentar inicialmente una petición ante el Tribunal. Ofrecemos coordinación ágil y servicio a domicilio sujeto a disponibilidad y a las circunstancias del caso.

Divorcio en sede notarial

El proceso requiere el consentimiento y la comparecencia de ambos cónyuges ante el notario.

¿Ambos están de acuerdo en terminar el matrimonio?

Oriéntese al 1-888-398-8539 →
Código Civil de Puerto Rico

Una alternativa al proceso judicial

La ley permite que determinados divorcios se formalicen mediante escritura pública ante un abogado notario.

El divorcio en sede notarial puede utilizarse cuando ambos cónyuges comparecen voluntariamente y cumplen con los requisitos legales. Antes de preparar la escritura, el notario debe evaluar la situación matrimonial, los bienes, las deudas, la existencia de hijos y cualquier otro asunto pendiente.

01

Acuerdo de ambas partes

Los dos cónyuges deben comparecer voluntariamente y expresar su decisión de divorciarse.

02

Escritura pública

El divorcio se formaliza mediante un instrumento público preparado y autorizado por el notario.

03

Evaluación individual

El procedimiento cambia según existan hijos, bienes, deudas o acuerdos pendientes.

04

Notificación posterior

El notario presenta la notificación correspondiente ante el Registro Demográfico.

Modalidades disponibles

Consentimiento o ruptura irreparable

Aunque ambas modalidades pueden formalizarse ante notario, los acuerdos y documentos necesarios pueden variar considerablemente.

01

Consentimiento mutuo

Ambos cónyuges están de acuerdo con divorciarse y con los asuntos que deben resolverse como parte del proceso.

  • Deben acordarse los asuntos relacionados con bienes y deudas.
  • Si existen bienes gananciales, puede requerirse inventario, avalúo, liquidación y adjudicación.
  • Si existen hijos menores, deben atenderse custodia, patria potestad, alimentos, relaciones filiales y hogar seguro.
  • Las estipulaciones relacionadas con menores pueden requerir representación legal separada para cada cónyuge.
Requiere acuerdos claros
02

Ruptura irreparable

Ambos cónyuges reconocen que existen diferencias irreconciliables y manifiestan conjuntamente su voluntad de divorciarse.

  • No es necesario atribuir culpa o responsabilidad a ninguna parte.
  • La escritura puede otorgarse sin liquidar inmediatamente la sociedad de bienes gananciales.
  • Si existen hijos menores y no hay estipulaciones, los asuntos relacionados con ellos deberán atenderse en el Tribunal.
  • Los bienes inmuebles pueden requerir una escritura posterior de liquidación y adjudicación.
Las controversias pueden requerir Tribunal
Evaluación de elegibilidad

Cuándo puede realizarse ante notario

No todos los divorcios pueden resolverse mediante una sola escritura pública.

El abogado notario debe confirmar que ambos cónyuges comparecen libremente, que comprenden las consecuencias legales y que el asunto cumple con los requisitos aplicables.

  • 01 Al menos uno de los cónyuges debe haber residido en Puerto Rico durante el año inmediatamente anterior.
  • 02 Ambos deben estar de acuerdo con divorciarse y comparecer ante el notario.
  • 03 Los asuntos económicos y familiares deben identificarse antes de preparar la escritura.
  • 04 Si existe una persona incapacitada, el divorcio debe tramitarse ante el Tribunal.
  • 05 Si existe una controversia que impide llegar a acuerdos, puede ser necesario recurrir al Tribunal.
Verificar si cualifica
Documentos iniciales

Información necesaria para evaluar el divorcio

01

Identificación

Identificación vigente con fotografía de cada cónyuge y sus datos personales completos.

02

Certificado de matrimonio

Copia certificada expedida por el Registro Demográfico o por la jurisdicción donde se celebró el matrimonio.

03

Capitulaciones

Copia de las capitulaciones matrimoniales, si el matrimonio está sujeto a un régimen pactado.

04

Bienes y deudas

Información sobre propiedades, vehículos, cuentas, préstamos, hipotecas y demás obligaciones comunes.

05

Hijos e hijas

Certificados de nacimiento e información relacionada con custodia, alimentos, patria potestad y relaciones filiales.

06

Acuerdos existentes

Cualquier acuerdo escrito, orden judicial, estipulación o documento relacionado con el matrimonio.

Proceso notarial

Cómo se formaliza el divorcio

El tiempo de preparación dependerá de la documentación disponible, los acuerdos alcanzados y la complejidad de los asuntos familiares o económicos.

01

Consulta inicial

Se revisa la situación matrimonial y se determina si el divorcio puede tramitarse ante notario.

02

Entrega de documentos

Los cónyuges presentan identificaciones, certificaciones y la información requerida.

03

Preparación de escritura

El notario redacta el instrumento y coordina cualquier acuerdo o estipulación adicional.

04

Firma y notificación

Ambos comparecen para firmar y el notario notifica posteriormente al Registro Demográfico.

Alcance del servicio

Conozca qué incluye la representación notarial

El servicio puede incluir

  • Consulta inicial para evaluar si el divorcio puede realizarse mediante escritura pública.
  • Revisión de certificados, identificaciones y documentos relacionados con el matrimonio.
  • Preparación de la escritura pública de divorcio.
  • Coordinación de la comparecencia y firma de ambos cónyuges.
  • Servicio a domicilio sujeto a disponibilidad, ubicación y coordinación previa.
  • Preparación de la notificación de divorcio para el Registro Demográfico.
  • Presentación de la notificación dentro del término legal aplicable.

El alcance final y los honorarios deberán confirmarse por escrito antes de comenzar el servicio.

Servicios adicionales

  • Litigios o comparecencias ante el Tribunal.
  • Liquidación posterior de bienes inmuebles.
  • Tasaciones, estudios de título o certificaciones registrales.
  • Controversias sobre custodia, alimentos o relaciones filiales.
  • Preparación de acuerdos complejos sobre bienes y deudas.
  • Representación legal independiente para cada cónyuge.
  • Gestiones posteriores no incluidas expresamente en la cotización.

Estos asuntos pueden requerir servicios y honorarios separados, dependiendo de las circunstancias particulares.

Después de la firma

Cuándo es efectivo el divorcio

La escritura produce efectos jurídicos desde su otorgamiento, aunque la inscripción posterior también es importante frente a terceras personas.

01

Efectividad inmediata

El vínculo matrimonial queda disuelto desde que ambos cónyuges firman la escritura pública.

02

Registro Demográfico

El notario debe notificar la escritura dentro de los diez días siguientes al otorgamiento.

03

Sin periodo de revocación

El divorcio notarial no queda sujeto a un periodo general de treinta días para cambiar de opinión.

Preguntas frecuentes

Antes de comenzar

¿Solo se puede hacer por ruptura irreparable?

No. El divorcio en sede notarial puede realizarse por consentimiento mutuo o por ruptura irreparable, siempre que se cumplan los requisitos aplicables.

¿Podemos divorciarnos ante notario si tenemos hijos menores?

Puede ser posible, pero se deben evaluar los acuerdos sobre custodia, patria potestad, alimentos, relaciones filiales y hogar seguro. Dependiendo de la modalidad y los acuerdos, también puede ser necesario acudir al Tribunal.

¿Podemos divorciarnos si tenemos bienes y deudas?

Sí puede ser posible. En un divorcio por consentimiento, los bienes y deudas gananciales deben atenderse mediante el acuerdo correspondiente. Los inmuebles pueden requerir una escritura adicional de liquidación y adjudicación.

¿Es necesario que ambos comparezcan?

Sí. Ambos cónyuges deben comparecer ante el notario, identificarse y manifestar libremente su voluntad de divorciarse.

¿El divorcio queda final después de 30 días?

No. En un divorcio mediante escritura pública, la disolución es efectiva desde la firma ante el notario.

¿Se puede realizar el servicio a domicilio?

Puede coordinarse sujeto a disponibilidad, municipio, horario, identificación de los comparecientes y condiciones adecuadas para el otorgamiento notarial.

¿Qué ocurre si uno de los cónyuges cambia de opinión?

El divorcio notarial requiere el consentimiento de ambos al momento de la firma. Si una parte no desea continuar, no se puede otorgar la escritura y podría ser necesario considerar un procedimiento ante el Tribunal.

Orientación sobre divorcio notarial

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La información publicada en esta página es de carácter general y no constituye asesoría legal. La disponibilidad del divorcio notarial depende de las circunstancias particulares, los documentos, los acuerdos y las personas involucradas. Una relación abogado-cliente se establece únicamente mediante la aceptación formal del asunto y un acuerdo escrito.